CONVOCATORIA ABIERTA PARA DICTAR SEMINARIOS DE GRADO EN ÁREAS DE VACANCIA 2 C 2018

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El Departamento de Letras informa que, a partir del día de la fecha y hasta el 04 de mayo de 2018, se encuentra abierta la convocatoria para presentar programas de seminarios de grado para cubrir áreas de vacancia durante el segundo cuatrimestre de 2018. Para esta convocatoria, se recibirán propuestas relacionadas con alguna de las siguientes áreas:

  • Probabilidad y estadística en lingüística
  • Escritura creativa 
  • Literatura de terror
  • Literatura argentina del siglo XXI
  • Tipología lingüística

Ante cualquier duda sobre la especificidad temática de las áreas sugerimos que se contacten con este Departamento.

Los programas deberán presentarse según el siguiente formulario, e ir acompañados por un CV actualizado del profesor que presente la propuesta. Recordamos que los requisitos para dictar seminarios de grado en nuestra carrera constan en el artículo 13 del capítulo 3 del Reglamento Académico (ver Reglamento aquí). 

La documentación deberá ser entregada en una copia impresa en el Departamento de Letras antes del día 04 de mayo de 2018, en el horario de 13 a 18 hs, y enviada a letrasuba@gmail.com con el asunto NOMBREDELÁREA.APELLIDO.

La Junta Departamental seleccionará un programa por área de vacancia entre las propuestas recibidas para que integre la oferta académica del Departamento para el segundo cuatrire de 2018. Se tendrán en cuenta para la selección tres criterios: el programa propuesto, los antecedentes del aspirante (CV) y la pertinencia de la propuesta en relación con el área de vacancia elegida. Los docentes que presenten propuestas deberán tener disponibilidad horaria para dictar el seminario en el turno vespertino (de 17 a 21 hs. o de 19 a 23 hs.).

Las designaciones para los docentes a cargo de los seminarios corresponderán a una categoría de Profesor Adjunto con dedicación parcial, y serán rentadas, siempre y cuando los aspirantes: a) no estén cumpliendo con su dedicación docente al dictar el seminario y b) no estén impedidos de percibir la renta debido al límite de dedicaciones para cargos docentes y de investigación (un cargo con dedicación exclusiva más uno con dedicación simple, considerando cualquier institución educativa superior y/o organismo nacional de ciencia y técnica).